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Presidente Rafael Correa expide Reglamento General a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones

“Reglamento General a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)”
“Reglamento General a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)”

Quito.- Mediante Decreto Ejecutivo No. 864, este 28 de diciembre de 2015, el Presidente de la República, Econ. Rafael Correa Delgado, expidió el  “Reglamento General a  la Ley Orgánica de Telecomunicaciones (LOT)”, que reglamenta las normas en la aplicación de la LOT, aprobada el 18 de febrero de 2015.

Este Reglamento especifica conceptos mencionados en la LOT y se ratifican las funciones que tendrán los organismos encargados de fijar las políticas públicas y reglamentaciones del sector.

Entre sus artículos se precisa que el Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información  y la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) son los “organismos públicos en materia de régimen general de telecomunicaciones y del espectro radioeléctrico”.

En este sentido, se aclara que el Ministerio encargado del sector de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información es el organismo rector y ejecutará diversas actividades como emitir las disposiciones a la Arcotel para la aplicación de las políticas públicas y planes; así como requerir la información sobre su cumplimiento, elaborar y aprobar los planes del Servicio Universal, Plan de Sociedad de la Información y Plan Nacional de Telecomunicaciones.

Entre otros aspectos, el Reglamento establece la clasificación de los títulos habilitantes y explica que para la prestación de servicios del régimen general de telecomunicaciones; así como para el uso o explotación del Espectro Radioeléctrico se requerirá obtener, en forma previa, un título habilitante otorgado por la Arcotel. También, se establece una categorización del régimen de redes, servicios de empaquetamiento y convergencia.

Sobre el Espectro Radioeléctrico, el Reglamento ratifica que el Estado Central tendrá competencia exclusiva sobre éste que un bien de dominio público, un recurso limitado y escaso.

El Reglamento específica, en otro de sus apartados, los mecanismos de adjudicación de frecuencias, indicando que los interesados tienen que enviar una solicitud expresa a Arcotel. El Reglamento para Otorgar Título Habilitante establecerá las condiciones y plazos para la adjudicación directa de las frecuencias.

Finalmente, este cuerpo legal detalla varios componentes como: regulación de la competencia, respetar los derechos de los usuarios y establecer un régimen sancionatorio en caso de infracciones a la normativa.

Invitamos a toda la ciudadanía a conocer el Reglamento General a la LOT en el siguiente enlace: http://decretos.presidencia.gob.ec/decretos/

El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, como ente rector del sector de las telecomunicaciones, ratifica su compromiso por atender a la ciudadanía con servicios de calidad, con calidez, reduciendo la brecha digital y aportando a la Sociedad del Buen Vivir. Mintel Cambia Vidas. MINTEL/JLV